miércoles, 20 de abril de 2011

Sobre los derechos de imagen

Un aspecto que resulta estar muy descuidado, sobretodo en el ámbito de fotógrafos y modelos noveles, es el de la firma del documento de cesión de derechos de imagen.

Las leyes actuales, e incluso la misma Constitución, especifican que toda persona posee el derecho de preservar su imagen y su intimidad. En los términos que nos ocupan, puede decirse que no existe situación alguna en la que alguien pueda tomar una fotografía de otra persona en la que ésta aparezca claramente reconocible y después publicarla sin su consentimiento, sin estar incurriendo en una infracción.

Del mismo modo, todo fotógrafo posee la propiedad de autoría de sus fotografías desde el mismo instante en que son realizadas, y en términos legales éstas no pueden ser reproducidas de ningún modo sin su consentimiento.

La firma de un acuerdo de cesión de derechos de imagen no sólo protege al modelo, sino también al mismo fotógrafo: Un modelo puede tomar acciones legales contra un fotógrafo que ha publicado su fotografía sin su permiso, pero del mismo modo un fotógrafo puede tomar acciones legales contra el modelo si éste ha publicado en algún modo las fotografías que hizo sin su permiso.